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Cumplimiento normativo

LOPD y videovigilancia: lo que tienes que saber antes de instalar

Resumen práctico — no sustituye al asesoramiento legal profesional. Última revisión: mayo 2026.

📌 ¿Cuándo se aplica el RGPD/LOPDGDD?

Siempre que tu cámara grabe a personas identificables, salvo cuando lo hace exclusivamente dentro de tu domicilio para uso doméstico (excepción del art. 2.2.c RGPD).

🏠 Uso doméstico

  • ✅ Puedes grabar dentro de tu vivienda sin necesidad de inscripción ni cartel.
  • ✅ Puedes grabar tu jardín o terraza si no enfocan vía pública ni propiedades vecinas.
  • ❌ No puedes grabar la calle, aceras ni acceso a portales comunes.
  • ❌ No puedes instalar cámaras en zonas comunes de comunidad sin acuerdo de la junta de propietarios (mayoría 3/5).

🏢 Uso comercial o profesional

Si la cámara está en un comercio, oficina, taller o trastero alquilado, debes cumplir:

  1. Cartel informativo visible en la entrada con: pictograma de cámara, identidad del responsable, finalidad ("seguridad"), derechos y dónde ejercerlos.
  2. Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) interno — el modelo está disponible en la web de la AEPD.
  3. Conservar las grabaciones máximo 30 días, salvo necesidad legal (denuncia).
  4. Información en segunda capa disponible (folleto, web o atención al cliente).
  5. Si tienes empleados, debes informarles previamente de la videovigilancia y ubicar las cámaras solo donde haya finalidad legítima (no aseos, vestuarios ni descansos).

🚫 Lo que NO puedes hacer

  • Grabar la vía pública con tu cámara comercial (salvo lo estrictamente imprescindible para la seguridad del acceso).
  • Grabar audio salvo causa justificada y proporcional.
  • Compartir grabaciones por WhatsApp o redes sociales identificando a personas.
  • Usar reconocimiento facial sin evaluación de impacto (EIPD).

💼 Tus obligaciones como responsable

  • Atender solicitudes de acceso/supresión en máximo 1 mes.
  • Notificar brechas de seguridad a la AEPD en 72h si afectan a datos personales.
  • En entornos de alto riesgo (gran volumen, zonas sensibles), realizar una Evaluación de Impacto (EIPD).

⚖ Sanciones

El incumplimiento puede acarrear sanciones de la AEPD desde apercibimiento hasta multas significativas. Las más frecuentes en pymes: cartel ausente, conservar grabaciones más de 30 días y cámaras enfocando vía pública.

✅ Checklist exprés antes de instalar

  1. ¿Solo grabas tu propiedad? (no calle, no vecinos)
  2. ¿Tienes el cartel impreso y colocado?
  3. ¿Has dado de alta el RAT?
  4. ¿Las grabaciones se borran a 30 días automáticamente?
  5. ¿Hay personal informado por escrito?

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